Acuerdo Mutuo de Confidencialidad y No Divulgación 

Acuerdo y reconocimiento entre Extu, Inc., una corporación de Georgia, sus accionistas y afiliados (en adelante colectivamente “Extu”) de 4170 Ashford Dunwoody Rd, Suite 250, Atlanta, GA 30319 y ______________________ (“Patrocinador”), constituida en el estado de _______________, y teniendo su lugar principal de negocios en _______________________. En el presente documento, nos referiremos colectivamente a Extu y al Patrocinador como “Partes”.

Considerando que, las Partes de este Acuerdo tienen la intención de discutir y celebrar diversos acuerdos comerciales;

Considerando que, como parte de dichas discusiones y acuerdos comerciales, las Partes pueden revelar cierta información que es confidencial y propiedad de cada parte;

Considerando que, la divulgación de dicha información por parte de las Partes permitirá que las Partes tengan el potencial de obtener ingresos significativos;

Considerando que, las Partes sólo divulgarán dicha información siempre y cuando acuerden estar sujetas a los términos de este Acuerdo; y

Ahora, por lo tanto, en consideración de la divulgación de información por parte de las Partes y los acuerdos mutuos contenidos en este documento, las Partes acuerdan lo siguiente:

  1. “Parte Divulgadora” significará la parte que proporciona Información Confidencial a la otra Parte.
  1. “Parte Receptora” significará la parte que recibe Información Confidencial de la Parte Divulgadora.
  1. “Información Confidencial” significa información recibida de o relacionada con la Parte Divulgadora (a) que deriva valor económico, real o potencial, de no ser generalmente conocida o fácilmente determinable por otras personas que puedan obtener valor económico de su divulgación o uso; y (b) que sea objeto de esfuerzos que sean razonables según las circunstancias para mantener su secreto. La Información Confidencial incluye, sin limitación, a cualquier conocimiento o propiedad material de la Parte Divulgadora (i) que la Parte Receptora obtenga conocimiento o acceda a este como resultado de conversaciones con la Parte Divulgadora; (ii) que la Parte Divulgadora revele a la Parte Receptora (incluido cualquier conocimiento concebido, originado, descubierto o desarrollado como resultado de la divulgación de dicha información). La Información Confidencial incluye, pero no está limitada a los siguientes tipos de conocimiento o datos similares (ya sea reducidos o no a escritos): (i) planos, materiales u otra información relacionada con el negocio propuesto de la Parte Divulgadora; (ii) descubrimientos, invenciones, conceptos e ideas, patentables o no, incluidos, sin limitación a la naturaleza y los resultados de las actividades, técnicas y “conocimientos” de investigación y desarrollo; (iii) cualquier otro material o conocimiento relacionado con los planes de negocios o actividades de la Parte Divulgadora que generalmente no son conocidos por otros y (iv) los proveedores de servicios de la Parte Divulgadora; y (v) cualquier conocimiento descrito anteriormente que la Parte Divulgadora trate como confidencial o de propiedad exclusiva o designe como tal. La Parte Receptora, con la intención de obligarse legalmente, por el presente acepta y garantiza a la Parte Divulgadora que no interferirá, eludirá ni intentará eludir u obviar, directa o indirectamente, los intereses o negocios de la Parte Reveladora de ninguna manera.
  1. Las Partes mantendrán toda la Información Confidencial en confianza y confidencialidad y no divulgarán dicha Información Confidencial a ningún tercero ni utilizarán dicha Información Confidencial para ningún propósito no autorizado. Las Partes podrán utilizar dicha Información Confidencial sólo en la medida necesaria para cumplir los propósitos de este Acuerdo. Las Partes informarán a sus empleados, afiliados o consultores (colectivamente, “Representantes”) que puedan tener acceso a Información Confidencial sobre la naturaleza confidencial de la misma y acuerdan que sus empleados estarán sujetos a los términos de este Acuerdo. No se divulgará información confidencial a ningún empleado, afiliado o consultor que no necesite dicha información. La Parte Receptora será responsable de los actos y omisiones de todos sus Representantes y proporcionará una copia de este Acuerdo a todos los Representantes a quienes se les revele Información Confidencial. Cualquier divulgación de Información Confidencial a cualquier parte que no sea un Representante según se define ese término en este documento no se realizará sin la aprobación previa por escrito de la Parte Divulgadora.
  1. La Información Confidencial no se reproducirá de ninguna forma excepto cuando sea necesario para cumplir con la intención de este Acuerdo. Toda la información confidencial (incluidas todas las copias de la misma) seguirá siendo propiedad de la parte divulgadora y se devolverá a la parte divulgadora una vez que la parte receptora haya expirado, o a petición de la parte divulgadora, y en cualquier caso, al finalizar o rescindir este Acuerdo. No se harán o conservarán copias de ninguna información proporcionada a la parte receptora sin el permiso expreso por escrito de la parte divulgadora. Todas las notas, extractos, memorandos u otros documentos divulgados que contengan Información Confidencial o cualquier discusión sobre la misma, serán destruidos o devueltos a la parte divulgadora mediante solicitud previa. La parte receptora certificará a la parte divulgadora que ha cumplido plenamente con las instrucciones de la parte divulgadora y que no ha retenido toda o parte de la Información Confidencial. Ninguna divulgación de Información Confidencial en virtud del presente se interpretará como una divulgación pública de dicha Información Confidencial por parte de cualquiera de las partes para cualquier propósito.
  1. La Información Confidencial no incluye información o materiales que: (i) sean o lleguen a ser generalmente conocidos o disponibles para el público sin culpa alguna de la Parte Receptora; (ii) ya era conocido por la Parte Receptora sin restricciones, antes de recibirlo de o en nombre de la Parte Divulgadora; (iii) es divulgada legalmente a la Parte Receptora por un tercero de que la parte receptora no tenga constancia de que esté obligado a ello, ya sea contractual, fiduciaria, estatutaria o de otro tipo, de confidencialidad con la Parte Divulgadora con respecto a dicha Información Confidencial; (iv) es desarrollado en cualquier momento por la Parte Receptora de forma independiente sin uso o referencia a la Información Confidencial de la otra Parte; o (v) deba divulgarse en virtud de una orden o requerimiento de un tribunal, agencia administrativa u otro organismo gubernamental con jurisdicción competente; siempre y cuando la Parte Receptora haga esfuerzos diligentes para limitar dicha divulgación y notifique a la Parte Divulgadora dentro de los tres (3) días posteriores a la recepción de dicha orden judicial o requisito para permitir que la Parte Divulgadora solicite una orden de protección o de otra manera impida o restrinja dicha divulgación.
  1. Propiedad de la Información Confidencial. La Parte Receptora acepta que la Parte Divulgadora es y seguirá siendo la propietaria exclusiva de la Información Confidencial divulgada a la Parte Receptora y de todas las patentes, derechos de autor, secretos comerciales, marcas comerciales y otros derechos de propiedad intelectual contenidos en la misma.
  1. No se implica ni se otorga a la parte receptora ningún derecho o licencia sobre marcas comerciales, invenciones, derechos de autor, patentes o cualquier otra propiedad intelectual en virtud de este Acuerdo y la divulgación de Información Confidencial no dará lugar a ninguna obligación de otorgar a la Parte Receptora ningún derecho sobre o a las materias de la Información Confidencial.
  1. Los términos de confidencialidad de este Acuerdo sobrevivirán por un período de tres (3) años a partir de la fecha de este Acuerdo.
  1. Las Partes acuerdan que las disposiciones de este Acuerdo son la esencia de este Acuerdo y que si el Patrocinador no hubiera aceptado mantener confidencial la Información de Extu y no hubiera aceptado estar sujeto a este Acuerdo, Extu no habría revelado ni proporcionado Información de Extu al Patrocinador. Si Extu no hubiera aceptado estar sujeto a este Acuerdo, el Patrocinador no revelaría cierta Información Confidencial a Extu. Cada uno de los acuerdos contenidos en este documento son razonables y necesarios para proteger los negocios, intereses y propiedades de las Partes. Las Partes sufrirían daños irreparables en caso de cualquier incumplimiento de este Acuerdo. De manera acorde, cada Parte consiente y acepta que la otra parte tendría derecho a medidas cautelares temporales, preliminares y definitivas, así como a cualquier otro remedio aplicable por ley o en equidad contra la parte receptora si esa parte ha violado o amenaza con violar este Acuerdo. La existencia de cualquier reclamación de una Parte contra la otra no constituirá una defensa para el cumplimiento por la otra de los pactos y acuerdos contenidos en este Acuerdo.
  1. Si un tribunal de jurisdicción competente declara inválida alguna de las disposiciones de este Acuerdo, dicha disposición se eliminará de este Acuerdo y las demás disposiciones del presente permanecerán en pleno vigor y efecto.
  1. El hecho de no hacer cumplir en cualquier momento cualquier disposición de este Acuerdo, o de insistir en el cumplimiento oportuno de cualquier obligación contenida en este Acuerdo, no se interpretará como una renuncia a dicha disposición o cualquier otra disposición, o al derecho de cumplimiento oportuno de todas las obligaciones aquí contenidas.
  1. Este Acuerdo constituye el acuerdo completo entre las Partes con respecto al asunto de este y fusiona todas las discusiones previas entre ellas como Información Confidencial. No podrá modificarse excepto mediante acuerdo escrito fechado con posterioridad a la fecha de este Acuerdo y firmado por ambas partes.
  1. Si cualquiera de las partes emplea abogados para hacer cumplir cualquier derecho que surja o esté relacionado con este Acuerdo, la parte que prevalezca tendrá derecho a recuperar los honorarios de los abogados razonables.
  1. Este Acuerdo será interpretado y regido en conformidad con las leyes del Estado de Georgia.
  1. Este Acuerdo ha sido negociado entre las Partes y por lo tanto se considerará redactado mutuamente por ellas.

FIRMADO Y ENTREGADO.

PATROCINADOR

Por: _________________________________

Nombre: _______________________________

Puesto: _________________________________

Fecha: _________________________________

EXTU, INC.

Por: _________________________________

Nombre: _________________________________

Puesto: _________________________________

Fecha: _________________________________